«La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.» (Artículo 1.2 de la Constitución Española).
A través de la democracia indirecta (o representativa) los ciudadanos eligen mediante sufragio universal a sus representantes, los cuales llevarán a cabo políticas acorde a los intereses del electorado. Es decir, el ciudadano no participa directamente en los asuntos políticos, sino que tal participación la llevan a cabo a través de los representantes electos. El derecho al sufragio activo se encuentra, por lo tanto, limitado en esencia a elegir a sus representantes políticos cada cuatro años.
Hasta finales del Siglo XX, la democracia representativa era el mejor sistema democrático posible. Por un lado, por una mera cuestión física, resultando impracticable reunir a todo el pueblo para tomar decisiones sobre las diferentes normas que eran objeto de debate. Por otro lado, por simple logística, siendo inviable que toda norma tuviera que pasar necesariamente por un proceso de referéndum, entendiendo este en el concepto tradicional del voto en urna física. No obstante, que la democracia indirecta fuera la mejor de las democracias posibles no quiere decir que sea un sistema democrático perfecto.
La corrupción es uno de los grandes problemas potenciales del sistema representativo, habiéndose observado en la práctica como tal riesgo ha cristalizado en infinidad de casos concretos. La corrupción reviste diferentes formas, funcionando incluso cuando no hay una promesa o unas dádivas expresas, basta la mera expectativa de ocupar un puesto en una gran empresa que asegure una generosa renta con la que satisfacer cualquier capricho el resto de su vida. Esta simple reflexión es suficiente como para ayudar a vislumbrar la complejidad de imponer frenos a los intentos de manipulación y corrupción del poder económico, complejidad que se acentúa cuando es el propio representante político, objeto de potencial manipulación, el que ha de poner los medios para que ello no ocurra.
El riesgo a la corrupción está irremediablemente ligado al propio sistema representativo, con independencia de que puedan aplicarse diferentes medidas que ayuden, con mayor o menor éxito, a evitar o paliar sus efectos. La democracia directa no erradicaría la corrupción, sin embargo, sí dificultaría su despliegue en el plano legislativo. La pregunta, por lo tanto, deviene evidente. ¿Sigue siendo hoy día imposible aplicar un sistema de democracia directa, donde la ciudadanía tenga la capacidad de decidir sobre cada norma objeto de debate?
En mi opinión, hoy día han desaparecido por completo las trabajas que impedían la consecución de una democracia directa gracias al desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación. Las cortapisas físicas y logísticas han desaparecido gracias a internet. Este permite al pueblo reunirse en espacios virtuales con independencia de que se encuentren a kilómetros de distancia. También faculta a cualquier ciudadano a emitir su voto desde su hogar. No existe, por lo tanto, motivo tecnológico alguno por el que un ciudadano no pueda participar directamente en la votación de cualquier norma que emane de los parlamentos.
El certificado electrónico que cada ciudadano lleva incorporado en su propio DNI, al menos en España, permite acreditar su identidad a través de internet con la misma eficiencia (e incluso mejor) que la exhibición de la tarjeta física para depositar el voto en una urna. Pese a ello, existen voces críticas que advierten del riesgo a que un sistema tecnológico, que permita la votación de la ciudadanía a través de internet, pueda ser vulnerable a ataques malintencionados, desvirtuando el resultado democrático. Parece que se olvida que el sistema de urnas y voto físico dista mucho de ser un sistema infalible, habiendo existido multitud de casos de pucherazos, y no por ello se pretende el destierro del sistema. Es más, si se usara una aplicación de código abierto, que permita al pueblo estudiar las entrañas de su funcionamiento, ayudaría a poder localizar posibles fallos y solventarlos. En cualquier caso, el voto electrónico hoy día es una realidad, una realidad que está limitada precisamente a los representantes políticos, los cuales sí disponen de un sistema para poder votar desde la comodidad de su hogar ante determinadas circunstancias que le impidan el desplazamiento al parlamento.
Considero, sin embargo, que la plena sustitución de un sistema democrático representativo por un sistema directo no es posible e incluso podría no ser deseable. Sin embargo, las ventajas que aportaría un sistema de voto electrónico abierto a la ciudadanía al actual sistema representativo son enormes, aprovechando los beneficios de ambos sistemas en interés del conjunto de la ciudadanía. Por ejemplo, establecer la posibilidad de que los ciudadanos puedan tomar la decisión directamente, con el uso de su certificado digital, para la aprobación de una ley, arrebatándole a sus representantes políticos el porcentaje que corresponda para esa concreta votación.
En España, lo único que separa la implantación de un sistema similar es la falta de voluntad política. Nuestra constitución no sólo no impone el sistema representativo, sino que menciona expresamente el derecho del ciudadano a la participación directa:
«Artículo 23
1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.»
En mi opinión, el pueblo ha de exigir la imposición de un nuevo sistema mixto, el cual promovería una mayor transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana en el proceso político, acercando la toma de decisiones a la voluntad del pueblo, donde reside la soberanía nacional.
Alejandro García López
Miembro del gabinete jurídico de FACUA
Licenciado en Derecho
Abogado
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